Holistica

Estándares de Protección de Menores

ESTÁNDARES DE PROTECCIÓN DE MENORES

en la consulta médica especializada individual

Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica

NIP: 7251793243    REGON: 101512578

dirección de la consulta: ul. Pustynna 53 lok. R, 93-479 Łódź

e-mail: kontakt@holistica.pl    tel.: 730 888 010

Versión completa

vigente desde el 1 de mayo de 2026.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Los presentes Estándares de Protección de Menores, en adelante “Estándares”, establecen las normas para la protección de menores frente a daños en el marco de la actividad desempeñada por Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica, en adelante la “Consulta”.

Los Estándares se aplican al médico responsable de la Consulta y a toda persona que colabore con la Consulta y que, por razón de sus funciones, pueda tener contacto con el menor o con sus datos en relación con la prestación de servicios de salud, la organización de citas o la gestión de solicitudes.

Los Estándares se aplican a los contactos que se realicen de forma presencial, telefónica, mediante videoconsulta, a través de sistemas de registro y documentación médica y por los canales oficiales de comunicación de la Consulta.

El principio rector de todas las actuaciones emprendidas con respecto al menor es obrar en su interés, con respeto a la dignidad, la intimidad, el derecho a la información, el derecho a ser escuchado y el derecho a la seguridad.

Los Estándares se aplican teniendo en cuenta la edad, el grado de madurez, el estado de salud, el estado psicológico, la discapacidad, las necesidades comunicativas especiales y la situación familiar del menor.

CAPÍTULO II. BASE LEGAL Y OBJETIVO DE LOS ESTÁNDARES

Los Estándares se han elaborado, en particular, con base en las normas relativas a la protección de menores, los derechos del paciente, el ejercicio de la actividad sanitaria, el ejercicio de la profesión médica, la documentación médica, la protección de datos personales y la prevención de la violencia doméstica.

El objetivo de los Estándares es:

  • prevenir el daño a menores en relación con la actividad de la Consulta,

  • definir relaciones seguras entre el menor y el personal de la Consulta,

  • establecer la forma de actuar ante la sospecha de daño a un menor o la existencia de información sobre dicho daño,

  • garantizar el registro, conservación y seguimiento de las notificaciones y las intervenciones conforme a la ley,

  • regular las normas de protección de menores en el entorno de la telemedicina y en la comunicación electrónica.

CAPÍTULO III. DEFINICIONES

menor - persona que no ha cumplido 18 años;

Consulta - Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica;

personal de la Consulta - el médico responsable de la Consulta y cualquier persona que colabore con la Consulta por cualquier relación jurídica y que pueda tener contacto con el menor;

tutor - representante legal, tutor o cualquier otra persona autorizada para representar al menor conforme a la ley;

daño al menor - cualquier conducta u omisión que menoscabe el bienestar del menor, en particular violencia física, psicológica o sexual, negligencia, explotación, humillación, menosprecio, intimidación o exponer al menor a peligro;

teleconsulta / videoconsulta - prestación sanitaria realizada mediante sistemas teleinformáticos o sistemas de comunicación;

situación que pone en peligro el bienestar del menor - cualquier circunstancia que pueda indicar daño al menor, amenaza para su seguridad o vulneración de los Estándares.

CAPÍTULO IV. PERSONAS RESPONSABLES

La implementación, aplicación, supervisión y evaluación periódica de los Estándares corresponde a la Dra. Claudia Baluta-Górecka.

La persona responsable de preparar al personal para la aplicación de los Estándares, recibir las notificaciones, llevar el registro de incidentes y adoptar medidas de intervención es la Dra. Claudia Baluta-Górecka.

La persona responsable de presentar notificaciones de sospecha de delito en perjuicio de un menor, notificar al tribunal de familia y - en calidad de profesional sanitario - de iniciar el procedimiento “Niebieskie Karty”, es la Dra. Claudia Baluta-Górecka.

Si la notificación se refiere al médico responsable de la Consulta o existe un conflicto de intereses que impida una actuación imparcial dentro de la Consulta, las notificaciones se realizarán directamente a la Policía, a la fiscalía, al tribunal de familia, al Defensor de los Derechos del Paciente o a otro órgano competente.

CAPÍTULO V. NORMAS DE RELACIONES SEGURAS ENTRE EL PERSONAL Y EL MENOR

1. Principios generales

  • el personal trata al menor con respeto, paciencia y empatía,

  • la comunicación con el menor se adapta a su edad, estado de salud y capacidades cognitivas,

  • el menor tiene derecho a formular preguntas, expresar sus preocupaciones y recibir información comprensible,

  • una vez cumplidos los 16 años, el menor disfruta de los derechos de participación en las decisiones sobre su tratamiento según lo dispuesto por la ley,

  • el personal tiene en cuenta la presencia y el papel del tutor en la medida exigida por la ley, el interés del paciente y la naturaleza del servicio.

2. Conductas prohibidas

  • el uso de violencia física, psicológica o cualquier forma de humillación, ridiculización, menosprecio o intimidación,

  • establecer relaciones privadas, emocionales o sexuales con el menor,

  • comunicarse con el menor fuera de los canales oficiales de la Consulta con fines distintos a los estrictamente relacionados con la prestación de servicios o la organización de la visita,

  • contacto con el menor a través de perfiles privados en redes sociales, mensajería privada o número de teléfono personal del personal,

  • grabar la imagen, la voz o el contenido de la consulta sin una base legal y sin respetar las normas de seguridad de la información,

  • dejar al menor sin información sobre lo que ocurre durante la visita, siempre que transmitir dicha información sea posible y médicamente pertinente.

3. Reglas sobre contacto físico y examen

  • toda acción de exploración o evaluación del estado de salud se precede de una explicación de su finalidad y desarrollo, adecuada a la edad del menor,

  • el contacto físico solo puede ser médicamente justificado, profesional y limitado a lo estrictamente necesario,

  • cuando sea necesario examinar al menor, se procurará la presencia del tutor u otra persona autorizada, salvo que la ley o el interés del paciente exijan un proceder distinto,

  • en las prestaciones a distancia, el personal no solicita la exposición de la imagen del cuerpo del menor más allá de lo necesario para prestar la asistencia y no pide la realización de actos que vulneren su intimidad, salvo que sea estrictamente necesario y conforme a la ley y al interés del paciente.

CAPÍTULO VI. NORMAS DE RELACIONES SEGURAS ENTRE MENORES

La Consulta no organiza actividades grupales, chats ni espacios comunes en línea para pacientes menores. Los contactos entre menores en el marco de la actividad de la Consulta son de carácter incidental.

En caso de contacto entre menores en relación con la actividad de la Consulta queda especialmente prohibido insultarse mutuamente, burlarse, ejercer violencia, amenazar, grabar o compartir imágenes sin consentimiento y revelar datos sobre la salud de otro paciente.

El personal actúa frente a signos visibles de violencia, burlas, ciberviolencia o vulneración de la privacidad entre menores.

CAPÍTULO VII. NORMAS ESPECIALES DE PROTECCIÓN DE MENORES EN TELEMEDICINA Y COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA

Las prestaciones sanitarias para menores se organizan y proporcionan mediante los canales oficiales y seguros de comunicación utilizados por la Consulta, en particular los sistemas de registro y documentación médica, el teléfono de la consulta y el correo electrónico profesional.

Antes de iniciar la prestación a distancia, el médico verifica la identidad del menor y del tutor, así como la facultad del tutor para actuar en nombre del menor, en particular mediante datos de identificación, preguntas de verificación, documentación médica y, si es necesario, mostrando un documento de identidad para su comprobación durante la videollamada.

En la documentación médica se registra la forma de la prestación, el canal de comunicación utilizado y la presencia del tutor o la base jurídica para actuar sin su presencia.

El menor y el tutor son informados de la necesidad de garantizar condiciones de privacidad en su lado, en particular el uso del dispositivo en un lugar que permita una conversación libre y confidencial.

La Consulta no realiza consultas médicas a través de perfiles privados en redes sociales. Las redes sociales de la Consulta tienen únicamente fines informativos y promocionales.

No está permitido que el personal grabe las consultas, salvo que exista una obligación legal o una base jurídica válida. La Consulta no conserva materiales audio‑visuales de las consultas únicamente con fines organizativos.

Si no es posible verificar de forma fiable la identidad, confirmar el papel del tutor o existen condiciones que impidan realizar la consulta de forma segura, el médico deniega la prestación a distancia, la interrumpe o propone una vía segura para continuar.

Si durante la teleconsulta surge la sospecha de que el menor no puede hablar libremente, está controlado por una tercera persona o se encuentra en una situación de peligro, el médico adapta la comunicación a las circunstancias, evalúa el riesgo y adopta la intervención adecuada a la situación.

Normas de uso de dispositivos electrónicos con acceso a Internet

  • La Consulta no facilita a los menores dispositivos ni acceso a Internet para su uso autónomo en sus instalaciones.

  • Los enlaces a las consultas, credenciales de acceso y otra información de acceso no deben comunicarse a personas no autorizadas.

  • En los canales gestionados por la Consulta está prohibido enviar contenidos ofensivos, pornográficos, violentos, que vulneren bienes personales o que revelen datos de salud de terceras personas.

  • Si el personal recibe información sobre contenidos nocivos o amenazas en la red relacionadas con el menor, lo documenta y adopta medidas apropiadas al carácter de la amenaza.

CAPÍTULO VIII. NORMAS DE CONTRATACIÓN Y ADMISIÓN DE PERSONAS QUE TENGAN CONTACTO CON MENORES

Antes de admitir a una persona para un puesto o colaboración que implique contacto con menores, la Consulta realiza las verificaciones exigidas por la ley, en particular obteniendo información del Registro de Delincuentes de Delitos de Naturaleza Sexual con acceso restringido y la información pertinente del Registro de Delitos Penales (Krajowy Rejestr Karny) o las declaraciones previstas por la normativa.

En el caso de personas con ciudadanía distinta de la polaca o que hayan residido en otros países en los últimos 20 años, se aplican además los requisitos relativos a la información de los registros penales de países extranjeros o declaraciones sustitutivas.

Cada persona admitida para el contacto con menores confirma haber leído los Estándares y se compromete a cumplirlos.

Los documentos relativos a la verificación y la preparación del personal se conservan de forma confidencial, conforme a las normas de protección de datos personales.

CAPÍTULO IX. PREPARACIÓN DEL PERSONAL PARA APLICAR LOS ESTÁNDARES

Antes de comenzar a desempeñar tareas que puedan implicar contacto con un menor, la persona que colabora con la Consulta recibe información sobre los Estándares, las normas de confidencialidad, los síntomas básicos de daño a menores y el procedimiento de notificación de incidentes.

La preparación del personal incluye también el tratamiento específico de la protección de menores durante las teleconsultas, las reglas de verificación de identidad y del papel del tutor, las normas de comunicación electrónica segura y los fundamentos del procedimiento “Niebieskie Karty”.

La familiarización con los Estándares y la formación se documentan mediante una declaración firmada, un correo electrónico de confirmación, una lista de asistencia u otra forma de documentación duradera.

CAPÍTULO X. NORMAS Y PROCEDIMIENTO DE INTERVENCIÓN EN CASO DE SOSPECHA DE DAÑO A UN MENOR

1. Fuentes de información sobre posible daño

  • declaración del menor,

  • información del tutor, persona cercana, escuela, otra entidad sanitaria o testigo,

  • observación del comportamiento, las relaciones familiares o el estado psicológico del menor,

  • lesiones visibles, negligencia, signos de violencia, síntomas de ansiedad, estrés intenso, conductas autolesivas o sexualización inadecuada a la edad,

  • circunstancias reveladas durante la teleconsulta, incluidas señales que indiquen control de la conversación por una tercera persona.

2. Actuaciones inmediatas

La persona que sospeche que un menor está siendo dañado documenta la información disponible y la remite de inmediato a la persona responsable indicada en el Capítulo IV.

Si existe una amenaza directa para la vida o la salud del menor, se deberá solicitar ayuda de inmediato llamando al 112 o enviar al menor a la unidad de urgencias correspondiente y, a continuación, emprender las acciones legales pertinentes.

La conversación con el menor se realiza, en la medida de lo posible, en condiciones que garanticen la sensación de seguridad, con respeto a la dignidad, sin ejercer presión y sin sugerir respuestas.

3. Clasificación de la actuación posterior

  • en caso de sospecha de delito en perjuicio del menor - se presenta una denuncia ante la Policía o la fiscalía,

  • si existe riesgo para el bienestar del menor que no exige la notificación inmediata de un delito - se valora la posibilidad de solicitar al tribunal de familia que examine la situación del menor,

  • en caso de sospecha de violencia doméstica, el médico, en su condición de profesional sanitario, puede iniciar el procedimiento “Niebieskie Karty” mediante la cumplimentación del formulario "Niebieska Karta - A",

  • si es necesario asegurar el estado de salud del menor, se presta la asistencia médica necesaria y se expide - cuando existan motivos - un certificado médico sobre las causas y la naturaleza de las lesiones relacionadas con el uso de violencia doméstica conforme al modelo vigente establecido por la normativa.

4. Reglas de contacto con el tutor

Como norma general, se informa al tutor sobre el incidente y las actuaciones previstas, salvo que las circunstancias indiquen que pueda ser la persona que ejerce la violencia o que informarle pueda poner en peligro la seguridad del menor.

Si la sospecha se refiere a una persona presente durante una consulta a distancia, el médico actúa teniendo en cuenta la realidad de la situación, la seguridad del menor y la posibilidad de contactar eficazmente con los servicios competentes.

CAPÍTULO XI. PLAN DE APOYO AL MENOR TRAS LA REVELACIÓN DE DAÑO

Tras revelar un daño o recibir información fiable sobre el mismo se elabora un plan de apoyo al menor, adecuado al alcance de la actividad de la Consulta, a las necesidades de salud del menor y a las medidas de protección adoptadas.

El plan de apoyo puede incluir, en particular: evaluación de la urgencia de la intervención médica y psiquiátrica, indicación de ayuda de crisis urgente, contacto con el tutor que no sea el agresor, información sobre formas de ayuda disponibles, derivación a la entidad sanitaria o psicológica correspondiente y cooperación con órganos e instituciones competentes para la protección del menor.

El plan de apoyo se documenta en la documentación médica o en la documentación interna del incidente, respetando el principio de minimización de datos y el secreto profesional.

CAPÍTULO XII. DOCUMENTACIÓN DE INCIDENTES Y NORMAS DE CONSERVACIÓN

Cada notificación, sospecha de daño, incumplimiento de los Estándares y la intervención realizada se documentan.

La documentación interna incluye, en particular, la ficha de notificación y el registro de incidentes relacionados con la sospecha o el daño a menores.

Los documentos relacionados con las notificaciones e intervenciones se conservan de forma que se garantice la confidencialidad, integridad y acceso únicamente al personal autorizado.

Si la información relativa al incidente tiene relevancia para el proceso diagnóstico‑terapéutico, se hará constar también en la documentación médica en la medida necesaria y conforme a la normativa.

CAPÍTULO XIII. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD

El tratamiento de datos personales en relación con la aplicación de los Estándares se realiza conforme a las normas de protección de datos personales, los derechos del paciente y las reglas del secreto médico.

El acceso a la información sobre el incidente, la notificación o la intervención corresponde únicamente a las personas que necesiten conocerla en virtud del desempeño de sus funciones o por disposición legal.

La transmisión de datos a órganos e instituciones se realizará únicamente dentro de los límites de la base legal y en la medida necesaria para proteger al menor o para el cumplimiento de obligaciones legales.

CAPÍTULO XIV. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LOS ESTÁNDARES

Los Estándares se ponen a disposición en la página web de la Consulta y en las instalaciones de la Consulta en versión completa y en una versión resumida destinada a menores.

Si el contacto con el paciente se realiza exclusivamente o mayoritariamente a distancia, la información sobre la disponibilidad de los Estándares se facilita también en el proceso de registro, en la comunicación electrónica o a petición del paciente o del tutor.

La versión resumida contiene información relevante para los menores y constituye el Anexo n.º 13 de estos Estándares.

CAPÍTULO XV. SEGUIMIENTO, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTÁNDARES

Los Estándares se someten a evaluación no menos de una vez cada 2 años y cada vez que cambien las normas legales, el modelo de actividad de la Consulta o se detecte la necesidad de su complemento.

Las conclusiones de la evaluación de los Estándares se documentan por escrito. Para el seguimiento pueden utilizarse encuestas, análisis de notificaciones, análisis de casos y observaciones del personal.

El registro de cambios introducidos en los Estándares figura como Anexo n.º 12.

CAPÍTULO XVI. DISPOSICIONES FINALES

Los presentes Estándares entran en vigor el día ………………… 2026.

Los anexos forman parte integral de los Estándares.

........................................................

lek. Claudia Baluta-Górecka

ANEXO N.º 1

Declaración de no haber sido condenado y de haber leído los Estándares

Yo, el/ la abajo firmante ........................................................................................................,

n.º PESEL ....................................................................................................................................,

declaro que:

  • no he sido condenado/a por delitos contra la libertad sexual y las costumbres ni por delitos cometidos con violencia en perjuicio de un menor,

  • no tengo un procedimiento penal o disciplinario en curso en el ámbito citado,

  • he leído los Estándares de Protección de Menores vigentes en Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica y me comprometo a cumplirlos.

Conozco la responsabilidad penal por presentar una declaración falsa.

localidad y fecha: .....................................................................

firma legible: ...........................................................................

ANEXO N.º 2

Declaración sobre el/los país(es) de residencia en los últimos 20 años

Yo, el/ la abajo firmante ........................................................................................................,

n.º PESEL ....................................................................................................................................,

declaro que:

  • no he residido en los últimos 20 años en países distintos de la República de Polonia y del país de mi ciudadanía,

  • he residido en los últimos 20 años en países distintos de la República de Polonia y del país de mi ciudadanía, a saber: ....................................................................................................................................................

Conozco la responsabilidad penal por presentar una declaración falsa.

localidad y fecha: .....................................................................

firma legible: ...........................................................................

ANEXO N.º 3

Declaración en caso de ausencia de información del registro penal

Yo, el/ la abajo firmante ........................................................................................................,

n.º PESEL ....................................................................................................................................,

declaro que la legislación en el país de ciudadanía ........................................................................ y en el país en el que residí ........................................................................ no prevé la elaboración de información del registro penal o no existe tal registro.

Asimismo declaro que no he sido condenado/a en firme por hechos equivalentes a los delitos enumerados en las normas que exigen la verificación de la persona que se va a admitir para el contacto con menores y que no se me ha impuesto una prohibición de realizar actividades relacionadas con el tratamiento de menores o su cuidado.

Conozco la responsabilidad penal por presentar una declaración falsa.

localidad y fecha: .....................................................................

firma legible: ...........................................................................

ANEXO N.º 4

Ficha de notificación de sospecha de daño o de daño a un menor

Se refiere al menor (nombre y apellidos, fecha de nacimiento):

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Persona que notifica (nombre y apellidos, rol, datos de contacto):

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Fuente del conocimiento o información sobre el incidente:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Fecha y forma de la notificación:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Descripción de las circunstancias, declaraciones del menor, observaciones u otros hechos:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Datos relativos a la persona potencialmente responsable de la violencia o que represente un peligro:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Acciones inmediatas realizadas:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Decisión sobre actuaciones posteriores (Policía / fiscalía / tribunal de familia / Niebieska Karta / otro):

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

Persona que recibe la notificación:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

ANEXO N.º 5

Registro de incidentes de sospecha de daño o daño a menores

N.º

Datos del menor

Fecha y descripción del incidente

Persona que interviene

Acciones realizadas / organismos notificados

Observaciones









































































ANEXO N.º 6

Declaración de confidencialidad

Yo, el/ la abajo firmante ........................................................................................................,

declaro que he sido informado/a sobre las normas de protección de datos personales, el secreto médico y los Estándares de Protección de Menores vigentes en Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica.

Me comprometo a mantener la confidencialidad de la información obtenida en relación con las notificaciones e intervenciones relativas a menores y a tratar los datos únicamente en la medida necesaria para el cumplimiento de mis funciones.

localidad y fecha: .....................................................................

firma legible: ...........................................................................

ANEXO N.º 7

Modelo auxiliar de denuncia por sospecha de delito

Localidad, a ........................................

Notificante: Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica

dirección para correspondencia: ul. Pustynna 53 lok. R, 93-479 Łódź

Fiscalía de distrito / Comisaría de Policía competente por el lugar del hecho

Denuncia por sospecha de delito en perjuicio de un menor

Por la presente denuncio la sospecha de comisión de un delito en perjuicio de un menor:

................................................................................................................................................................................

Fundamentos:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

La persona que puede facilitar más información es:

................................................................................................................................................................................

firma de la persona autorizada: ...........................................................................

ANEXO N.º 8

Modelo auxiliar de solicitud de examen de la situación del menor

Localidad, a ........................................

Juzgado de Distrito ........................................ Sección de Familia y Menores

Solicitante: Claudia Baluta-Górecka Consulta Médica Especializada Individual - Holistica

dirección para correspondencia: ul. Pustynna 53 lok. R, 93-479 Łódź

Participantes en el procedimiento: ........................................................................................................

Solicitud de examen de la situación del menor y adopción de las medidas de protección pertinentes

Solicito el examen de la situación del menor:

................................................................................................................................................................................

Fundamentos:

................................................................................................................................................................................

................................................................................................................................................................................

firma de la persona autorizada: ...........................................................................

ANEXO N.º 9

Procedimiento resumido en caso de violencia doméstica / “Niebieskie Karty”

  1. Si existe una sospecha fundamentada de violencia doméstica contra un menor, el médico - como profesional sanitario - puede iniciar el procedimiento “Niebieskie Karty” mediante la cumplimentación del formulario "Niebieska Karta - A".

  2. La conversación se realiza con respeto a la dignidad y la seguridad de la persona que sufre la violencia. En el caso del menor se tiene en cuenta la presencia del tutor, salvo que éste pueda ser el agresor o su presencia ponga en peligro el bienestar del menor.

  3. Tras iniciarse el procedimiento se remite el formulario al equipo interdisciplinario local correspondiente.

  4. Si es necesario, el médico presta la asistencia médica necesaria y, cuando existan motivos, expide un certificado médico sobre las causas y la naturaleza de las lesiones relacionadas con el uso de violencia doméstica conforme al modelo vigente establecido por el Ministro de Salud.

  5. El procedimiento “Niebieskie Karty” es independiente de la denuncia por sospecha de delito y no exime de la obligación de informar a la Policía o a la fiscalía cuando existan motivos para ello.

  6.  En la Consulta se conservan los modelos vigentes de los formularios “Niebieska Karta” exigidos por la normativa aplicable.

ANEXO N.º 10

Listado de teléfonos y lugares de ayuda

Nombre / tipo de ayuda

Datos de contacto

Número de emergencia

112

Línea de ayuda para niños y jóvenes

116 111

Línea telefónica infantil del Defensor de los Derechos del Niño

800 12 12 12

Línea para padres y profesores sobre la seguridad de los niños

800 100 100

Niebieska Linia

800 120 002

Línea de Ayuda a las Víctimas

+48 222 309 900

ANEXO N.º 11

Cuestionario para el seguimiento de la aplicación de los Estándares

Pregunta

Sí

No

¿Conoces los Estándares de Protección de Menores vigentes en la Consulta?

¿Conoces el procedimiento para notificar situaciones que pongan en riesgo a menores?

¿Sabes identificar los síntomas básicos de daño a menores?

¿Sabes cómo reaccionar ante la sospecha de daño a un menor?

¿Conoces las normas de protección de menores durante las teleconsultas y la comunicación electrónica?

¿Tienes comentarios o propuestas de cambios a los Estándares?

Espacio para comentarios adicionales:

..............................................................................................................................................................................

..............................................................................................................................................................................

ANEXO N.º 12

Registro de cambios introducidos en los Estándares

Fecha

Alcance del cambio

Observaciones

Firma





















ANEXO N.º 13

Versión resumida para menores

¡Hola! Estás recibiendo asistencia médica en Holistica. Queremos que te sientas seguro/a, también durante una visita online o una llamada telefónica.

  • Tienes derecho a saber qué ocurre durante la visita y por qué el médico hace las preguntas.

  • Tienes derecho a decir cómo te sientes, qué te da miedo y qué no entiendes.

  • Si tienes 16 años o más, tienes derecho a participar en las decisiones sobre tu tratamiento conforme a lo establecido por la ley.

  • Puedes pedir que te expliquen las cosas de forma más sencilla o que repitan la información.

  • El médico y las personas que colaboran con la Consulta deben tratarte con respeto y no pueden burlarse de ti, avergonzarte, asustarte ni insultarte.

  • Nadie de la Consulta debería escribirte por privado en redes sociales ni proponerte contactos privados fuera de asuntos médicos.

  • La visita online debe realizarse en un lugar lo más tranquilo y privado posible. Si no puedes hablar con libertad, intenta señalarlo al médico.

  • Si alguien te hace daño, te amenaza, te pega, te explota, te grita o tienes miedo de volver a casa, coméntaselo al médico. También puedes llamar al 116 111 o al 800 12 12 12. En caso de emergencia, llama al 112.

  • Si algo en el comportamiento del médico o de otra persona de la Consulta te parece incorrecto, tú o tu tutor podéis notificarlo.

Contacto de la Consulta: kontakt@holistica.pl, tel. 730 888 010